La licencia voluntaria es el retiro del trabajador de la relación contractual con el empleador. Muchas circunstancias pueden llevar al trabajador a tomar la decisión de poner fin a su relación con la empresa, pero hay que subrayar que este cese voluntario es un derecho del trabajador, que no puede ser obligado a permanecer en el empleo y que forma parte del derecho de toda persona a trabajar y a elegir su trabajo.
Regulación de las bajas voluntarias

Con el fin de adoptar un enfoque ordenado del sistema legal, comenzaremos describiendo lo que la Constitución española nos dice sobre los derechos de los trabajadores. En el artículo 35 nos referimos al derecho de todos los españoles a trabajar, incluida la libre elección de profesión u oficio. Con base en este precepto constitucional, se concluye que cualquier trabajador puede cambiar libremente cuando lo considere conveniente. Además, el artículo también reconoce el derecho a la promoción a través del trabajo, lo que también puede ser interesante en la medida en que la licencia voluntaria puede significar una transición a un trabajo de mejor calidad profesional.
Por otra parte, debemos examinar la situación de los trabajadores para encontrar el desarrollo normativo correspondiente. El artículo 49.1, que se refiere a la rescisión de un contrato, establece que el contrato se rescinde por despido del empleado, especificando que debe haber un plazo de preaviso que varía según el acuerdo o la costumbre.

Notificación previa a la empresa de su dimisión voluntaria

Es importante especificar en el convenio colectivo aplicable el plazo de preaviso para el permiso voluntario, que suele ser de 15 días, aunque puede ser más largo, hasta dos meses. Si el convenio colectivo no menciona el preaviso, es habitual que éste se notifique con 15 días de antelación, preferiblemente por escrito, aunque no es un requisito necesario.

Cálculo de la indemnización por despido voluntario
Al vincular este apartado con el anterior, cabe señalar que, en caso de incumplimiento de la obligación de notificación, la empresa tendría derecho a una indemnización por los daños causados, importe que, en general, se reduce en función de la normativa correspondiente.
Una de las diferencias más importantes entre un despido, excepto el despido disciplinario, y un despido voluntario es el derecho a una indemnización. La baja voluntaria nunca da derecho a una indemnización, a menos que el empleador y el empleado acuerden otra cosa.
A lo que usted tiene derecho en el caso de una indemnización por despido voluntario es a un acuerdo que incluirá diferentes conceptos:
El primero, que puede ser el más importante, es el número de días trabajados y aún no pagados, por lo general el último mes aún no ha terminado, pero si la empresa debe algún salario anterior al trabajador también debe ser pagado en el acuerdo. No debemos olvidar el número de horas extras, si las hay.
También se incluirá en la liquidación la parte correspondiente a los pagos adicionales que aún no se hayan facturado. Este importe no se generará si los pagos adicionales se calculan en proporción al salario, en cuyo caso sólo se registrarán los costes de lo que no se haya recibido durante el mes.
Finalmente, se debe pagar el importe correspondiente a los días festivos que se generaron pero que no se jugaron.
La suma de los tres conceptos anteriores nos indicará el importe que corresponde al trabajador que solicita el permiso voluntario bajo el concepto de establecimiento.

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