Tras desvelarse el informe pericial del caso Bankia, los expertos jurídicos consultados por EXPANSIÓN apuntan que previsiblemente habrá un aluvión de reclamaciones por gran parte de los 300.000 inversores.
Los abogados evidencian que tras la óptica penal, «la claridad y contundencia del informe de los peritos del Banco de España da un nuevo impulso procesal a la instrucción del caso Bankia». Jordi Ruiz de la Villa, socio de litigación financiera de Jausas, considera que el informe «refuerza la tesis de que Rodrigo Rato y el resto de administradores y directivos de Bankia cometieron presuntamente en la salida a Bolsa de Bankia los delitos de estafa, apropiación indebida, falsificación de cuentas anuales, administración fraudulenta o desleal y maquinación para alterar el precio de las cosas».
En este sentido, José Antonio Rodríguez, socio de bancario y financiero del despacho Marimón, asegura que el informe «supone un refuerzo en la responsabilidad penal de Bankia y de su consejo de administración». Gonzalo Jiménez-Blanco, socio de Ashurst, apunta que «aunque es un dictamen pericial y todavía debe haber contradicción y juicio hasta llegar a sentencia, no hay duda de que el informe tiene valor en las actuaciones en curso».
Para Javier Cremades, presidente de Cremades & Calvo-Sotelo, «se trata de una prueba dotada de una importante presunción de objetividad y veracidad, tanto por su procedencia subjetiva –expertos del Banco de España cualificados– como por su procedencia orgánica –informe evacuado a petición del propio juzgador–».
Llegados a este punto, los juristas creen que se abren tres posibles frentes a realizar por los afectados en la salida a Bolsa: reclamaciones penales, mediante personación en las actuaciones ante la Audiencia Nacional; expedientes administrativos (CNMV, BDE) –aunque los particulares no obtendrían nada–; y reclamaciones civiles.
Los expertos explican que las acciones civiles que los perjudicados podrían ejercitar a partir de este momento podrían ser «la acción de responsabilidad por falsedad del folleto –derivada de artículo 28 de la Ley del Mercado de Valores–, el dolo o la acción de resarcimiento por incumplimiento de obligaciones».
Ruiz asegura que «también cabrían acciones contra los auditores –por responsabilidad extracontractual– así como de reclamación de productos híbridos –participaciones preferentes y deuda subordinada– del Banco de Valencia y Bancaja, a cuyas entidades el informe atribuye irregularidades contables».
Rodríguez afirma que «también se podría abrir una vía procesal distinta por responsabilidad patrimonial de la Administración, teniendo en cuenta un probable fallo de la CNMV como supervisora e incluso, una posible responsabilidad del Banco de España». Pero, como afirma el despacho Navas & Cusí, lo que es seguro es que se van a «disparar las demandas de nulidad de la colocación».
Quién paga En caso de que el juez determinara que las cuentas fueran falsas y que existe una responsabilidad, todos los juristas consultados creen que «tendría que ser la propia Bankia la que pagara a los afectados, sin perjuicio de la posible responsabilidad civil de sus administradores». Sin embargo tanto José Antonio Rodríguez como Jordi Ruiz añaden que «el informe refuerza la posible existencia de una responsabilidad patrimonial del Estado por la dejación de funciones del Banco de España y CNMV».
Por otra parte, Ruiz también señala que «ahora los inversores también tienen buena base para dirigir sus acciones contra Deloitte, como auditor de Bankia, por negligencia en la revisión de los estados contables».
Asímismo, ayer se conoció que la Audiencia Provincial de Valencia ha estimado el derecho de un demandante a reclamar a Bankia por supuesto engaño en la información facilitada en la salida a Bolsa, antes de que se resuelva el procedimiento que investiga la Audiencia Nacional. Bankia había solicitado la paralización de estas demandas hasta que hubiera una sentencia en firme en la calle de Prim, pero el tribunal valenciano cree que no es necesario ese pronunciamiento para apreciar engaño y abre así la puerta a que los accionistas reclamen por vía civil la devolución de lo aportado.
Otro juzgado, el de primera instancia de A Coruña, ha condenado a Bankia a devolver 430.000 euros a un particular afectado por participaciones preferentes. Y esta misma semana se ha conocido que un juzgado de A Coruña condenó a NCG Banco y al Frob a devolver 8,5 millones de euros a Manuel Jove y a otros cuatro inversores por considerar que existió mala fe y se ocultó información, pleito llevado por los despachos SLJ y Ashurst.
Algunos de los principales bufetes nacionales e internacionales declinaron hacer declaraciones para esta información por posibles conflictos de interés.
Fuente: www.expansion.com