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¿Sabemos lo que costamos?

El BOE de hoy publica la Orden ESS/2098/2014, de 6 de noviembre, que modifica el anexo de la Orden de 27 de diciembre de 1994, que aprobaba el modelo de recibo individual de salarios, también conocido como nómina.
Hasta ahora, en las nóminas, aparte de la información básica sobre el salario percibido, su desglose y retenciones en materia de IRPF, se incluía la base de cotización y el tipo de retención correspondientes a la aportación del trabajador, pero no la determinación de la aportación del empresario.
La Orden que hoy publica el BOE, obliga a la empresa a indicar en la nómina la parte de la cotización que corresponde a la aportación del empresario debiendo mencionar la base que toma en cuenta, el tipo y la aportación mensual.
La norma busca concienciar a los trabajadores del coste total que su contrato de trabajo supone a la empresa, en un ejercicio trasparencia, ya que son muchísimos quienes desconocen esta variable, sin que se valore este coste añadido al salario que se percibe.
Estos datos, hay que tenerlo en cuenta, son a título informativo. El reflejo en la nómina no asegura que la empresa esté abonando efectivamente la cotización, aunque sea lo que ocurra en la gran mayoría de los casos. Ni la parte a cargo de la empresa, ni la parte a cargo del propio trabajador.
Para conocer si la empresa cumple con esta obligación básica, existen varios medios al alcance del trabajador.
Entre ellos, la solicitud de la vida laboral ante la Tesorería General de la Seguridad Social, lo que puede hacerse vía telemática. Otra opción es acceder al certificado que la Tesorería emite indicando que la empresa se encuentra al corriente de pago, aunque en este caso es la propia empresa quien lo solicita, siendo por tanto más complejo conseguirlo. Otra posibilidad es instar al Comité de Empresa o la representación de los trabajadores en la empresa para que, en virtud del artículo 64.1, apartado 9 del Estatuto de los Trabajadores solicite esta documentación, cumpliendo su deber de vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y empleo.
Fuente: www.expansion.com

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